El matrimonio mixto, como varios historiadores han denominado a la extensión de la institución eclesiástica a las Indias, supone un asunto interesante por el complejo marco jurídico que le ha envuelto y el contexto socioeconómico del descubrimiento de la conquista. Influyen muchos aspectos y elementos en la idea de permitir la administración de este sacramento, con sus debidas consecuencias jurídicas, entre españoles e indias. Ha surgido, en cambio, una tendencia reduccionista cuyo argumento es que el matrimonio católico, eclesiástico, se hizo lícito entre españoles e indias por el simple hecho de que el rey Fernando el Católico deseaba cruzar racialmentea los conquistadores y a los nativos cuando la verdad detrás es que el asunto es más profundo, puesto que hay actos jurídicos y acontecimientos históricos que dan a entender todo lo contrario. No se puede desligar el matrimonio de la cosmovisión católica, cristianísima, que imperaba en la época y de la vida licenciosa, barragana y poco cristiana que llegaron a tener los descubridores y conquistadores con las nativas. Fernando el Católico legisló sobre el contexto de las Indias, adaptándose a la nueva realidad social americana y apegándose a los principios de su religión. Estudiaremos la historia del matrimonio en las Indias y sus implicaciones en el medio indiano.
Una reconstrucción histórica del matrimonio en las Indias
Se ha dicho que Nicolás de Ovando ha sido uno de los grandes indigenistas1 de la historia del descubrimiento y la conquista, pues vio al matrimonio como un instrumento para evangelizar a los nativos y, por otro lado, para que los españoles tuvieran conocimiento de las lenguas locales y pudieran vincularse con la nobleza local. Es decir, con las hijas de los caciques de las islas recién descubiertas2. El matrimonio, en tanto unión bendecida sacramentalmente, era la vía lícita para vivir de cristiana forma en pareja y reproducirse según lo dispuesto en los mandamientos por lo que convenía su homologación en los territorios recién adquiridos e integrados en la Corona de Castilla. El primer antecedente al matrimonio se logra apreciar en las instrucciones enviadas por los Reyes católicos a Ovando en 1501, seguido de las que recibe en 15033.
En términos de las VII Partidas, culmen del Derecho castellano, «el matrimonio es ayuntamiento de marido et de muger fecho con tal entencion de vevir siempre en uno, et de non se partir guardando lealtad cada uno dellos al otro, et non se ayuntando el varon á otra muger, nin ella á otro varon veviendo amos á dos»4. Esta noción es la que se mantendrá como base del sistema jurídico castellano, sin importar cuántos cambios hubiese en leyes y cuerpos legales posteriores como el Ordenamiento de Alcalá o las Leyes de Toro. Desde el punto de vista histórico, aunque se hable de una sanción o promulgación, no hubo barreras para el matrimonio entre españoles e indios, al menos fuera de las barreras jurídicas y espirituales: esto es, que el indio mantuviese sus costumbres paganas recordándonos al tratamiento que se daba a herejes o infieles, que no podían casarse con cristianos viejos.
En relación a esto, ha dicho Konetzke que «en la colonización de América, Iglesia y Estado se atuvieron a esta fundamental distinción entre paganos e infieles. Se prohinió a los judíos y musulmanes, así como a los cristianos nuevos de origen judío o moro la entrada y residencia en América, cuando incluso de un modo ilegal (especialmente los judíos conversos) tomaban el camino a América. En general, el problema de los matrimonios mixtos se daba sólo en las uniones entre españoles e indios. Puesto que la Iglesia atribuía a los indios bautizados las mismas mercedes y derechos que a los cristianos viejos y el Estado consideraba a los indios fundamentalmente como súbditos libres de la Corona e iguales en derecho a los españoles, no existía ningún impedimento legal a las uniones matrimoniales hispano-indias»5.
En cuanto a su promoción, «los Reyes católicos no eran partidarios, sin embargo, de esta clase de matrimonio forzado. En sus instrucciones a Ovando se limitaron a encargar que el gobernador y el clero de la isla procuraran que “algunos cristianos se casen con algunas mujeres indias, y las mujeres cristianas con algunos indios, porque los unos y los otros se comuniquen y se enseñe, para ser doctrinados en las cosas de nuestra Santa Fe Católica, y asimismo como labren sus heredades y entiendan en sus haciendas y se hagan los dichos indios e indias hombres y mujeres de razón“»6. Esto supone que ambos grupos sociales se integren, pues con esto es posible lograr la cristianización de la recién descubierta comunidad y que haya, a su vez, estabilidad y paz social. Konetzke sostiene que «Los reyes católicos no pensaban en fomentar ni forzar los matrimonios mixtos hispano-indios y con ello activar la mezcla de razas. El rey Fernando aprobaba los esfuerzos del virrey Diego de Colón para favorecer los matrimonios, pero esto debería ocurrir “syn escandalizar a lo sque no quisieren casarse” porque “ya vos sabeys que en estos reynos ni en otros de la cristiandad, a los que no se quieren casar nadie los apremia para ello”. Tal coacción debería ser evitada especialmente en aquellas lejanas tierras americanas que eran colonizadas por primera vez»7.
Un aspecto curioso del tema migratorio y los matrimonios es que Fernando el Católico llegó a aprobar, ante sus dudas sobre las uniones entre españoles e indias, el envío de esclavas moriscas al Nuevo Mundo como lo atestiguan dos cédulas de 15128. Ovando en 1502 comenzó a unir familias peninsulares en La Española mientras que todavía seguía prohibido el ingreso de mujeres casadas sin su marido o de solteras como se evidencia en la Recopilación de las Leyes de Indias, libro IX, título XXVI, ley XXVI9.
Otra evidencia jurídica que respalda el hecho de que no hubo una política unitaria o general sobre matrimonios es que Nicolás de Ovando continuó con la política de reunir familias de la península para colonizar los nuevos territorios. En 1504, dispuso que los colonos casados pudieran regresar a la península para luego volver a las Indias con sus esposas10. Esta política continuó un tiempo, ya que Carlos V en 1544 mandó a que a América únicamente se pudiera regresar si se traía alguna esposa. Respecto a las mujeres solteras, la postura fue mucho más ambivalente porque se preservaba a la sociedad hispanoamericana de elementos que tuvieran una vida cuestionable o licenciosa. Así, Felipe II el 8 de enero de 1575 prohibió que a las Indias, específicamente al Virreinato de Perú, arribaran mujeres disolutas y solteras11.
Según Rosenblat, «ante el aumento de los mestizos, con el desequilibrio social consiguiente, y ante los clamores del clero sobre el régimen familiar irregular e inmoral de las Indias, la Corona empezó a instar a los encomenderos a que se casaran con españolas. Había que incrementar la población blanca y dar estabilidad y moralidad a la Colonia. Se ordenó que los casados no pudieran pasar a Indias sin permiso especial y que los que estaban en Indias y tenían mujeres en España fueran repatriados en el primer barco (Recopilación, libro VI, título IX, ley XXXVI)»12. El autor ha reconocido que lo que llevó al español a cruzarse con naturalidad fue su origen, pues el pueblo español o ibérico había sido producto de muchos pueblos que pasaron por la península. Más allá de ver sus necesidades sexuales, o románticas, cubiertas, también abundó la idea de asentarse en los territorios americanos por prosperidad y ennoblecer la tierra. Dicho esto, podemos descartar que la política de fortalecer matrimonios entre españoles y de traer mujeres a Hispanoamérica respondiera a algún instinto o estímulo de desprecio al indio. Hay que pensar en que el proceso de conquista era complejo, que establecer una nueva sociedad a la usanza castellana sobre pueblos foráneos no es cosa fácil y que esto exige, mínimamente, un orden y una moral general.
El mestizaje, como ya desarrollaremos más adelante, creó una situación de inestabilidad en el que se pasaba por vivir, valga la redundancia, vidas inmorales hasta en procrear y criar hijos fuera de los estándares y las costumbres españolas. Podía pasar que un mestizo no se identificara como español, sino como indio o que no se identificara con ninguno y terminara en el ostracismo o la indigencia. Eran muchas las variantes, los resultados de un mestizaje descontrolado y de uniones extramatrimoniales preocupaba a las autoridades españolas y al Clero mismo. Los intentos de traer mujeres españolas a las Indias no sirvieron del todo porque de acuerdo a Rosenblat «la mujer española escaseó en toda la historia colonial. Aun en la época más estable de la colonización, siempre venían a Indias más hombres que mujeres, fenómeno general de toda emigración. En tiempos de Humboldt, en las postrimerías de la época colonial, había en la ciudad de Méjico 2.118 europeos hombres y 217 mujeres, y probablemente la proporción era semejante, o aun más extremada, en el interior del país. Esa desproporción se compensaba ya con las mujeres blancas nacidas en América, las llamadas criollas, que eran numerosas, a juzgar por la estadística»13. Los primeros años del descubrimiento estuvieron marcados por relaciones libérrimas, a la par de abusos a las mujeres locales y raptos14.
El hito más importante dentro del desarrollo de la institución del matrimonio en las Indias es la real cédula de octubre de 1514 en la que Fernando el Católico, en compañía de su hija D. Juana, da finalmente su aprobación regia, sin impedimento alguno, para que españoles e indias puedan casarse. El monarca sentencia lo siguiente: «es nuestra voluntad que los indios e indias tengan, como deben, entera libertad para casarse con quien quisieren, así con indios como con naturales de estos nuestros reinos o españoles nacidos en las Indias, y que en esto no se les ponga impedimento. Y mandamos que ninguna orden nuestra que se hubiere dado o por Nos fuere dada pueda impedir ni impida el matrimonio entre los indios e indias con españoles o españolas, y que todos tengan entera libertad de casarse con quien quisieren, y nuestras Audiencias procuren que así se guarde y cumpla»15.
El matrimonio mixto tiene que interpretarse sólamente desde la idea de una rectitud y de una llevar a los pueblos conquistados una moral pública, eminentemente cristiana, sobre la que puedan hacer sus hábitos y costumbres. El matrimonio forma parte de los esfuerzos por cristianizar la vida hispanoamericana, pues ya hay un vínculo sanguíneo y étnico entre los pobladores nativos y los conquistadores. Como dice Konetzke, «es misión de la Iglesia combatir y acabar con las costumbres que se oponen a la moral cristiana. Los sínodos eclesiásticos de las provincias americanas imponían a los párrocos el deber de vigilar a los amancebados e inducirles a casarse o a sacar a las mujeres indias de las casas de los españoles»16. Las medidas contra los amancebados no siempre eran del todo eficientes, pocas veces se temía a la excomunión y algunas figuras eclesiásticas se valían de la situación, en una suerte de tolerancia, exigiendo sumas para alzar los castigos. De aquí a que el Virrey del Perú considerara que la anarquía, o el escándalo público, de los amancebados podía ser eliminado «si los prelados impusieran la disciplina eclesiástica, aplicando las penas que correspondían»17.
El mestizaje, una consecuencia
El mestizaje no tiene origen en el matrimonio, ni es el resultado más común de esta forma de unión. Si bien las dos uniones reconocidas, por excelencia, eran la eclesiástica y la natural, o barragana, había otras formas de emparentarse que habían generado ilegítimamente crías que, como quedará patente en la nueva sociedad hispanoamericana, se denominarán por lo general mestizos. Como reconoció Rosenblat: «el mestizaje se inició el día mismo del descubrimiento, primero en las Antillas, luego en el continente»18. Fue consecuencia de que en la pequeña flota de Colón viajaran sólo hombres, ni una mujer. Muchos solteros, algunos con mujeres en la península. Ninguno lo pensó dos veces cuando vio que al llegar a tierra, tendría mujeres en cantidad considerable a su disposición. De aquí surgirían las primeras uniones libérrimas, de hecho, entre descubridores y nativas indígenas. Uniones de carácter sexual, sin compromiso. Otras prosperaron, por ejemplo, en uniones naturales de barraganía que, aunque vistas de forma negativa socialmente hablando, eran al menos reconocidas en el Reino y en la Iglesia, pues había forma de legitimar a los hijos producto de esas uniones.
En opinión de Dougnac, «existía la posibilidad de una unión de hecho, libre, más bien libérrima, sin compromiso alguno. Esta se dio, sobre todo porque la india no tenía, por lo general, pautas demasiado estrictas en el ámbito sexual (si bien hay excepciones). Satisfacer el apetito carnal del solitario conquistador no fue algo que le resultara difícil, máxime si, como parece, el hombre hispánico resultó ser un buen amante. Aquí no hay propiamente familia. No hay convivencia entre los que tuvieron una relación. El fruto de estas uniones esporádicas será un mestizo al que se llamará de “segundo orden”, muy abundante en número»19.
De similar opinión es Rosenblat, al sugerir que «en la historia del mestizaje tuvo sin duda mayor importancia la unión que se produjo fuera del matrimonio. Los relatos de cronistas y misioneros proporcionan muchas veces un cuadro sombrío de las relaciones entre el conquistador y la mujer india: violaciones, robos, venta y canje de mujeres, régimen de concubinato y harén, etc. No conoce enteramente la sociedad española ni la mentalidad del español el que se deje llevar exclusivamente por representaciones de ese género. Además de la existencia del matrimonio con la india, el frecuente reconocimiento de los hijos naturales por capitanes y soldados presenta ya otra fase de esas relaciones»20. El mestizaje llegó a descontrolarse al punto de que se volvió el grueso étnico de la sociedad americana. Podríamos diferenciar entre los primeros mestizos, los más nobles del descubrimiento y la conquista y los que luego serían un gran grueso de mestizos inadaptados, al margen de la sociedad. Dentro de los mestizos ilustres, que formarán un ante y después de la sociedad virreinal, se podría incluir a Inca Garcilaso, Blas Valera, Pedro Gutiérrez de Santa Clara, Diego Muñoz Camargo, Juan de Betanzos, entre muchos otros.
Sin embargo, «la cantidad de mestizos aumentaba en proporciones mucho mayores que las posibilidades de adaptarlos por parte de la administración, el clero o la enseñanza. Y surgieron legiones de mestizos inadaptados, en que el conflicto social y racial se manifestó en reacciones hostiles a veces contra los indios, a veces contra los blancos; los mestizos desarraigados, fluctuantes entre el indio y el blanco, sin asidero étnico, familiar ni moral, que han hecho afirmar a muchos —hasta en nuestros días— que el mestizo hereda las malas cualidades del blanco y del indio, y no sus virtudes. La existencia de esos núcleos de mestizos inadaptados fue una preocupación social y política desde los primeros tiempos de la Colonia»21.
«[…] viniendo a tratar de los que se llaman menftizos, i mulatos, de que ay gran copia en las provincias de eftas Indias. Lo que fe me ofrece que dezir es, que tomaron por nombre de meftizos, por la mixtura de fangre, i naciones, que fe junto al engendrarlos, por donde los latinos los llamaron varios, i hybridas, fegun Paleoto, i otros Autores [...] i fi eftos hombres huvieffen nacido de legitimo matrimonio, i no fe hallafe en elos otro vicio, o defeto, que lo impidieffe, tenerfe, i contarle podrian, i debrian por ciudadanos de las dichas Provincias, i fer admitidos a las honras, i oficios de ellas, como lo refuelven Victoria, i Zapata i a ello puedo creer, que miraron algunas Reales cedulas, q permiten puedan fer ordenados los meftizos, i las meftizas ordenadas por Monjas, i admitidos à Efcribanias, i Regimientos. Pero, porque lo mas ordinario es, que nacen de adulterio, o de otros ilicitos, i punibles ayuntamientos; porque pocos Efpañoles de honra ay, que fe cafen con Indias o Negras, el qual defeto de los Natales, les haze infames, por lo menos infamia facti, fegun la mas comun opinion de graves Autores, i fobre el cae la mancha de color vario, i otros vicios, que fuelen fer como naturales, i mamados en la leche, en eftos hombres, hallo, que por otras muchas cedulas, no feles permite entrada para oficios algunos autorizados, i de Republica, aunque fean Protetorias, Regimietos o Eferibanias, fin que aya expreffado efte defeto, quando los imperraro, i eften particularmente difpenfados en ellos, i que fe le quiten los titulos a los que de otra fuerte lo huvieren ganado»22
Solórzano no puede ser más claro, está ateniéndose a una realidad política, jurídica y social. Como compilador de Derecho indiano, y jurista, tenía pleno conocimiento del acontecer hispanoamericano. Las libertades, responsabilidades, distinciones y honores del mestizo dependen de la legitimidad de su origen; si, por ejemplo, tiene origen en una unión cristiana o, al menos, en una natural que pueda darle ciertos derechos a ojos de la sociedad. El punto fundamental dentro de la argumentación de Solórzano es que la mayoría de los mestizos provienen de uniones ilegítimas, de uniones libérrimas y que éstos, sin lugar a dudas, son bastardos determinados a una vida de vicio y decadencia.
El mestizaje no puede considerarse una política real, ni mucho menos una acción planificada por la Corona; es una realidad social que resulta del nuevo medio en el que se están desplazando los españoles. Lo que sí es una política regia es el hecho de dotar a los conquistadores y a los indios de una vida cristiana común, de la misma forma que se pretende llevar al mestizo por una vida honrosa. Esto funciona en muchos casos, como fracasa en otros. El mestizaje supone una realidad biológica y social emanada de un proceso de asentamiento de pueblos foráneos, en este caso los españoles, sobre nuevas posesiones y que está determinado por la ausencia de mujeres del mismo grupo, pues en los primeros años escasean con fuerza. A medida de que los conquistadores van expandiéndose más y más en la Tierra Firme, hasta cruzar el Darién y terminar en el Río Bravo, la única opción femenina es la mujer indígena. Como dice Kamen, «the mestizos were a consequence of the inevitable union between Spaniards, who seldom brought their own women with them, and the native women of the empire [que los mestizos fueron la consecuencia de la inevitable unión entre españoles, quienes raramente trajeron mujeres consigo, y las mujeres nativas del Imperio]»23.
El problema del mestizaje, que bien pudo haber dado buenos frutos pero también una sucesiva cadena de problemas sociales, no era ignorado por las autoridades españolas. Fue motivo de preocupación por siglos. Según Konetzke, «hasta el final del período colonial […] la gran mayoría de los mestizos procedían del trato sexual extramatrimonial». Esto queda patente en un informe de la Nueva España, en el que se consideraba que «de la ausencia casi absoluta de matrimonios entre españoles e indias, la raza mestiza iba creciendo cada día como producto de relaciones ocasionales e ilícitas entre ambas razas»24. El mestizaje es parte de nuestra historia en su sentido generador, porque dio cohesión a nuestras sociedades pero, en cuanto elemento anárquico, causó incontables males sociales que desembocaron en la crisis de la sociedad virreinal o colonial (como quiera llamarse). A esto hay que sumar la complejidad racial, pues hay muchas etnias que se mantienen puras en la medida posible u otras que, por ejemplo, emigran constantemente desde otras latitudes. Así, vemos que en la estructura social, hay también blancos peninsulares de estrato bajo.
La anarquía hispanoamericana
Desde entonces, Hispanoamérica se ha visto sumergida en un estado de disgregación que de no ser por la presencia de otras potencias hegemónicas, el caso de Estados Unidos, continuaría en formas mucho más acentuadas. Aquí influye un factor étnico, social porque como dice Julio Ycaza Tigerino: «la anarquía hispanoamericana sólo puede ser entendida y explicada a través de un enfoque sociológico de los elementos humanos productores del desorden social, elementos propios de los grupos étnicos constitutivos de nuestra población»25.
Sabiendo el valor de la política cristiana, humanista y universalista de España, Ycaza Tigerino no se detiene a alabarla sino que entiende, por el contrario, las dificultades que afrontó el proceso de igualación o integración del indio respecto a las instituciones españolas. Es decir, «pretender civilizar al indio colocándolo en las mismas condiciones políticas, jurídicas y sociales en que se encuentra actualmente el hombre occidental, pretender tratar a pueblos infantes de la civilización de la misma manera que a los pueblos ya adultos, copiando para aquéllos las instituciones de éstos, es un disparate sustancial que la más elemental Sociología y Pedagogía rechazan. Sin embargo, este disparate mayúsculo se ha cometido y se sigue cometiendo en Hispanoamérica»26.
Las masas mestizas, debido a su parentesco con el indio, han estado sujetas a un complejo de inferioridad colectiva que les ha impedido afirmarse en su propia personalidad étnica y cultivar sus propias virtudes sociales. Este complejo se formó necesariamente por el hecho de la convivencia del mestizo con el blanco y con el indio. El blanco representaba para el mestizo la civilización y la fuerza. En el indio veía la barbarie y la debilidad27.
Pero no sólo el mestizo mira con repulsión sus orígenes indios, sino que desprecia al criollo o al que, sin ser criollo, lo parece porque lo asocia a un estrato social superior. Heredamos problemas sociales severos producto de la fuerte estratificación social y del sistema de organización social según estamentos, repúblicas, etnias. Hispanoamérica, en un grado u otro, sigue rigiéndose por estas leyes no escritas; por estas leyes que algo de natural, social y biológico tienen. Admitir nuestros males atávicos, como en el mundo ibérico el individualismo ha sido uno (ya puede dar fe Oliveira Martins de los tres grandes males ibéricos), no implica afirmar la supuesta inferioridad de nuestras razas o pueblos; por el contrario, todas las sociedades sufren de males atávicos que en principio pueden ser combustible para grandes hazañas hasta que degeneran en conductas destructivas. España generó grandes héroes, a raíz de su individualismo, pero también furibundos nacionalismos, regionalismos, kabilas. El mestizaje creó hombres de letras, conquistadores, cronistas, sacerdotes pero también masas mestizas ahogadas en el otrora sistema de organización social hispanoamericano.
Insisto en que la consideración del indio y del mestizo como elementos humanos de anarquía no implica aceptar su pretendida inferioridad racial o incapacidad biológica para la cultura. Esta inferioridad e incapacidad no existen, pero existe el atraso mental y cultural de nuestras poblaciones indígenas y mestizas, y ello se debe preponderantemente a los factores mesológicos de carácter social, geográfico, económico y político28.
Ahondar en los detalles (que para ello tenemos las obras de Ycaza Tigerino, Bunge, Altamira, Vallenilla Lanz, etcétera) nos costaría mucho espacio, más de lo que exige este brevísimo ensayo centrado en el matrimonio y sus implicaciones en la sociedad indohispana o hispanoamericana, refiriéndonos específicamente a la que sucede al descubrimiento hasta la caída de la autoridad española con las secesiones americanas. Creemos que una visión más exhaustiva del mestizaje, en tanto fenómeno, puede dejar claro y quitar toda duda de que no es, necesariamente, una consecuencia del matrimonio ni, mucho menos, es el fin del matrimonio sancionado por los Reyes católicos en América. Por el contrario, es un fenómeno que atiende a muchas causas y que se da al margen, incluso, de las uniones legítimas.
Me tomo el abuso de tomar el calificativo como préstamo, ya que las connotaciones actuales darían a entender otra cosa. Podríamos decir que el indigenista, en este contexto, es aquel que promovía políticas de integración y asimilación basadas en una visión cristiana y en el respeto al poblador local, sin menoscabo de su forma de vida siempre que ésta no contraviniere lo dispuesto por los principios cristianos. No es exagerado afirmar que muchos conquistadores, sacerdotes y funcionarios hicieron todos sus esfuerzos por integrar al indio en la civilización hispánica.
Gonzalo Vial Correa, “Teoría y práctica de la igualdad en Indias”, Revista Historia, n.° 3, vol. I (1964), 107
Luis Torres de Mendoza, Colección de documentos inéditos del Archivo de Indias, t. XXXI, (Madrid: Imprenta de Manuel G. Hernández, 1879) 163-164
Real Academia de la Historia de España, Las siete partidas del Rey Don Alfonso el Sabio, cotejadas con varios códices antiguos por la Real Academia de la Historia, tomo III (Madrid: Imprenta Real, 1807), 11-12
Richard Konetzke, “Los mestizos en la legislación colonial”, Revista de estudios políticos, n.º 112 (1960), 120
Ibíd, 120
Ibíd, 121
Vial Correa, “Teoría y práctica de la igualdad en Indias”, 107-108
Ángel Rosenblat, La población indígena y el mestizaje en América, v. II, (Buenos Aires: Editorial Nova, 1954), 15
Richard Konetzke, Historia universal, t. XXII (México: Siglo XXI Editores, 1977), 55
Ibíd, 56
Rosenblat, La población indígena y el mestizaje en América, v. II, 16
Ibíd, 18
Cuando Colón estaba Jamaica, los hermanos Porras fraguaron una sublevación contra el Almirante. Aparte del pillaje, uno de los resultados fue abusar de la población femenina local. Véase Cristobal Colón, Relaciones y cartas de Cristobal Colón (Madrid: Librería de la viuda de Hernando y C.ª, 1892), 386-387
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y el Boletín Oficial del Estado, Recopilación de Leyes de los Reynos de Indias, t. II, (Madrid: Imprenta del Boletín Oficial del Estado, 1998), 190
Richard Konetzke, “Sobre el problema racial en la América española”, Revista de estudios políticos, n.º 113-114 (1960), 179
Ibíd, 180
Rosenblat, La población indígena y el mestizaje en América, v. II, 13
Antonio Dougnac Rodríguez, "Esquema del derecho de familia indiano”, Tres grandes cuestiones de la historia de Iberoamérica: ensayos y monografías: Derecho y justicia en la historia de Iberoamérica : Afroamérica, la tercera raíz: Impacto en América de la expulsión de los jesuítas (2005), 7
Rosenblat, La población indígena y el mestizaje en América, v. II, 20
Ibíd, 26
Juan Solórzano de Pereira, Política indiana, t. II, (Madrid: Diego Díaz de la Carrera, 1648), 246-247
Henry Kamen, How Spain Became a World Power, 1492-1763 (New York: Perennial, 2004), 353
Konetzke, “Sobre el problema racial en la América española”, 183
Julio Ycaza Tigerino, “Factores étnicos de la anarquía hispanoamericana”, Revista de estudios políticos, n.º 90 (1956), 250
Ibíd, 268
Ibíd, 287
Julio Ycaza Tigerino, “Elementos de la anarquía hispanoamericana”, Revista de estudios políticos, n.º 31-32 (1947), 285